jueves, 11 de junio de 2009

CIBER TERRORISMO


La tecnología ha abierto una puerta a la comisión de delitos a través de la misma. La situación se agravó con la aparición de un número mayor de computadoras, permitiendo que cualquier persona tuviera acceso a las mismas y se generaran nuevos delitos, que en la actualidad son llamados "Delitos Informáticos".

Todo eso ha estado acompañado de un elemento esencial: el Internet. Tal como afirma el autor, "es la Red de redes" y nació de la idea y la necesidad de crear diversos canales de comunicación entre las computadoras. Así, "en caso de un ataque nuclear que eliminara líneas de conexión existentes, se utilizarían medios alternos de conexión informática sin importar la ruptura de otras líneas o canales de conexión. Entonces la idea de este tipo de redes fue la de garantizar las telecomunicaciones militares con fines de seguridad y defensa en los Estados Unidos en Norteamérica. Esta red conocida como Arpanet fue desarrollándose de tal forma que evolucionó paralelamente una red pública para uso de universidades bajo este mismo concepto múltiples conexiones telemáticas".

Todo eso lleva a preguntarse entonces ¿Qué es el Ciberterrorismo?. Martínez hace un análisis de la palabra, determinando, por un lado, que la raíz Ciber está relacionada a lo tecnológico, y que el ciberespacio es un concepto abstracto que sirve para "representar hechos informáticos producidos a través de redes públicas interconectadas conocidas comúnmente como Internet" . Por el otro, el terrorismo lo define como "la creación deliberada y la explotación del miedo para buscar un cambio político. El Terrorismo abarca cualquier acción que produzca miedo a un grupo determinado de personas" . Teniendo esos conceptos claros, concluye que el Ciberterrorismo es "la forma de terrorismo que utiliza las tecnologías de información para intimidar, coercionar o para causar daños a grupos sociales con fines políticos-religiosos".
El ciberterrorismo o terrorismo electrónico es el uso de medios de
tecnologías de información, comunicación, informática, electrónica o similar con el propósito de generar terror o miedo generalizado en una población, clase dirigente o gobierno, causando con ello una violencia a la libre voluntad de las personas. Los fines pueden ser económicos, políticos o religiosos principalmente.
El término ha sido muy criticado, siendo considerado como un método de satanización para aquellas personas descontentas del orden establecido y que actúan en contra de éste es la Internet, gracias a la libertad de ésta.
es uno de los ataques políticamente premeditados contra la información sistemas de computadoras programas de computación y data que en consecuencia genera una violencia contra objetivos no combatientes por grupos sub.-nacionales o agentes clandestinos

FASES DE LA INVESTIGACION CRIMINAL


1) Conocimiento del hecho: Es la información, denuncia, flagrancia, hallazgo o manifestación que llega por cualquier medio circunstancia o conocimiento de la autoridad policial sobre la comisión de un acto delictuoso o infracción punible o supuestamente delictiva, para su posterior comprobación e inicio de las primeras diligencias.

2) Comprobación del hecho: Es la diligencia policial que consiste en la verificación directa en el mismo sitio de ocurrencia del hecho. El investigador debe orientarse a fin de establecer si realmente está en presencia de un acto o de la comisión de un delito tipificado por la legislación penal vigente. Para ello es conveniente proceder con calma, sin apresuramiento y no dejándose llevar por la rutina.


3) Diligencias preliminares: Son el conjunto de acciones que realiza el investigador paralelas o simultáneas a la comprobación del delito, con el objeto de reunir, varias informaciones con base en denuncias, testimonios, entrevistas, etc., relativas al acto criminal que se ha suscitado, para así llegar a la verdad de lo ocurrido por conducto de métodos, técnicas y procedimientos técnicos-científicos.


4) Formulación de hipótesis: La hipótesis debe ajustarse y ser coherente con la información plenamente establecida mediante el conocimiento del hecho y de las relaciones determinadas, con base en datos, y que tengan conexión con otros hechos.El ejercicio de la formulación de hipótesis debe estar libre de cualquier suposición que tenga origen en perjuicios, sentimientos o intereses personales de los investigadores que adelantan el caso. Formuladas las hipótesis, se ordenan de acuerdo con el grado de complejidad, es decir la que ofrezca mayor cantidad de información comprobable. Aquí se determinan cuáles requieren actividad de investigación específica y cuáles se pueden descartar.


5) Planeación de la investigación criminal: A partir de las hipótesis que el grupo interdisciplinario ha escogido como mejor, se desarrolla el plan de investigación en el que se establece cuales son las preguntas a las que se les está buscando respuesta. Esto significa que en el conjunto de información se identifican los vacíos que existen en la manera que van a obtener los datos que la complementan. También se debe establecer que actividades se adelantarán, quién lo van a hacer y con qué recursos se cuenta. Es importante tener presente en la planeación, en que tiempo se va a ejecutar la misión y organizar con mucho cuidado la información que constantemente se está recibiendo.


6) Recopilación y obtención de la información: Es el procedimiento mediante el cual el investigador utilizando diferentes métodos, acude a las fuentes para obtener la información que requiere y resolver el caso que investiga. Varía sustancialmente, pues ello depende de si la obtención se realiza como verificación o como investigación, teniendo en cuenta que en el primer caso hay limitaciones, teniendo en cuenta que en el primer caso hay limitaciones para el investigador por los amparos de reserva que tienen algunos tipos de información.


7) Fuentes de información: Son consideradas como fuentes de información, las personas, cosas o lugares. Se clasifican en personas, documentos y diligencias judiciales.- Personas: figuran las víctimas, testigos, sospechosos y los informantes en general.- Documentos: videogramas, fotografías, libros, publicaciones oficiales, periódicos y revistas, boletines, facturas, comprobantes, grafitis, panfletos y además documentos de circulación cerrada de la variable de interés y los medios de comunicación (correos, apartados aéreos, fax, etc.).- Diligencias judiciales: comprende las diligencias de la Policía Judicial, prevista por la ley, como: inspecciones judiciales, allanamientos, interceptaciones, entrevistas, versión libre y espontánea, testimonios, peritazgo, entre otros.


8) Manejo de informantes: Los informantes son personas que suministran información sobre aspectos o temas de interés para la investigación. Por lo general no tiene ningún vínculo con la institución.


9) La entrevista dentro de la investigación criminal: La entrevista deberá efectuarse, hasta dónde sea posible, inmediatamente después de cometido el delito. Cada persona deberá ser entrevista en forma individual y ninguno de los sospechosos ni de testigos deben oír lo que manifiesta los demás. Es conveniente que testigos por entrevistar sobre todo lo más dignos de confianza, sean escuchados antes de entrevistar al sospechoso para que el experto en entrevista pueda estar suficientemente informado.


10) Análisis de la información: El investigador criminal, en conjunto con el grupo interdisciplinario deben realizar un juicioso y profundo análisis de la información que se ha recolectado durante el desarrollo del proceso investigativo.


11) Desarrollo investigativo: De las actividades de investigación y de las pruebas técnicas que se hayan ordenado surgen unos resultados que están consignados en los diferentes informes que llegan al expediente. La información nueva se analiza de acuerdo de acuerdo con la ya establecida y con la hipótesis formulada. El desarrollo de la investigación es un ciclo que se repite hasta la información se va depurando, al punto que alcanzamos un conocimiento que nos facilita avanzar al siguiente paso.


12) Informes de investigación criminal: El informe de investigación criminal debe cumplir todos los requisitos legales y contener los principios que caracterizan el informe del policía judicial (investigador criminal) constituyéndose lo allá escrito en las bases para la práctica de pruebas útiles e indispensables que llevan al funcionario judicial a concluir sobre la certeza del hecho y la responsabilidad de los autores o partícipes. (López et al, op.cit, págs. 70-116).